En la legislación actual, no existe un rubro a la hora de realizar la cancelación del pago del marchamo, que diga, que el pago del marchamo es el derecho de los automotores a circular en las carreteras o de hacer uso de la infraestructura vial.
El pago que se realiza anualmente es básicamente un pago de impuestos por la contaminación que causa el automotor, eso tratando de compensar todo el daño ambiental que causan los vehículos. En ninguna parte se menciona que el pago se realiza por un derecho de circulación o uso de la red vial.
Y ejemplo de eso, es que los carros eléctricos pueden solicitar la exoneración del pago del marchamo. La exoneración se realiza al impuesto de la propiedad de los automóviles eléctricos, que representa alrededor del 65,6% del total de la inversión del derecho de circulación. Tal y como se detalla en este artículo de larepublica.net https://www.larepublica.net/articulo/marchamo-costa-rica-todo-lo-que-necesita-saber#los-autos-electricos-pagan-marchamo.
¿Y QUÉ SE PAGA EN EL MARCHAMO ENTOCES?
Los rubros que conforman el pago que se realiza cada fin de año son:
Rubro | Porcentaje |
Impuesto a la Propiedad de Vehículos | 63,86 |
Seguro Obligatorio Automotor (SOA) | 21,92 |
Aporte al Consejo de Seguridad Vial | 5,70 |
IVA al SOA y timbre Fauna y Scout | 4,70 |
Aporte al Consejo de Transporte Público | 1,71 |
Parquímetros | 1,42 |
Aresep | 0,46 |
Infracciones a la Ley de Tránsito | 0,23 |
En Costa Rica los ciclistas pueden pagar la licencia anual a la Federación Costarricense de Ciclismo, la cual, brinda una póliza y una serie de beneficios para quienes la posean durante el año.
Además, de poder competir en todos los eventos federados, la importancia de estar federado o tener licencia FECOCI, es que te permite disponer de una póliza de seguro con el Instituto Nacional de Seguros (INS) para atención médica en caso de un accidente, por incapacidad total o muerte accidental, tanto en competición, en entrenamientos, si utilizas la bicicleta como medio de transporte, por trabajo o simplemente si utilizas la bicicleta por ocio. Federándote estás cubierto los 365 días del año (del 1 de enero al 31 de diciembre)
Las pólizas de cobertura van desde el millón de colones y hasta los siete millones. Eso va depender del tipo de póliza que desees escoger. Hay cinco tipos de pólizas que puedes ver en https://fecoci.net/licencias/.
Otra de las ventajas de tener una licencia de la FECOCI, es que puedes aprovechar descuentos en comercios afiliados a la Federación Costarricense de Ciclismo disponibles en https://fecoci.net/licencias/.
Actualmente la licencia de la FECOCI puede ser tramitada en línea en el sitio web www.fecoci.net y es enviada digitalmente a su correo electrónico.
Según la nueva Ley de Movilidad y Seguridad Ciclística N° 9660, los ciclistas pueden circular en las vías públicas cuya velocidad permitida no sea igual o mayor a ochenta kilómetros por hora (80 km/h). La persona ciclista podrá circular por el centro del carril, para garantizar así su seguridad.
Además, en el año 2015, la Presidencia de la República, en su sitio web https://www.presidencia.go.cr/ había girado una serie de indicaciones para los ciclistas, las cuales detallamos:
- Cuando circule más de un ciclista deben ir en hilera
- No debe viajar más de una persona en bicicleta, salvo que el vehículo esté hecha para ello.
- Ningún menor de 3 años puede viajar en bicicleta
- Los ciclistas deben portar casco, chaleco o ropa reflectante siempre
- No se debe conducir bicicletas sobre las aceras
- Los ciclistas no deben sujetarse de otros vehículos
- Niños menores de 6 años en bicicleta deben ir acompañados de alguien mayor de 15 años.
- No se permite aprender a conducir bicicleta en las carreteras.
- Conductores deben separarse 1.5 metros de ciclistas cuando los van a rebasar.
Fuentes: larepublica.net https://josemarvin.com http://www.ins-cr.com/ https://www.presidencia.go.cr/
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